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9 abr 2013

LA DEFENSORIA DEL PUEBLO POR HUGO MULLER



Por: Hugo Müller Solón (*)
Abogado/PERU
Investigador Asociado del Taller de Asuntos Públicos/PERU
mullerabogados@hotmail.com

El 06 de Febrero 2012 y en pleno ejercicio del Gobierno del Presidente Ollanta Humala que se iniciará a partir del 28 de Julio 2011, la Defensoría del Policía cumpliría 10 años de creación. A portas del inicio de la gestión de Gobierno nacionalista, y si la decisión del nuevo Ministro del Interior es la de mantener en funcionamiento a la Defensoría del Policía, es necesario e imprescindible, efectuar dentro de ella una total reingeniería estructural, organizativa, normativa y procedimental, retomando e impulsando el compromiso, la doctrina y la filosofía de quienes tuvieron la visión de la creación de este importante organismo de defensa de derechos humanos del personal civil y policial del Sector Interior; por los hechos y circunstancias que a continuación paso a comentar.

A la fecha, la Defensoría del Policía viene recorriendo su noveno año de existencia, contados desde su creación mediante Resolución Ministerial N° 0186-2002-IN/0102 del 06 de Febrero del 2002. Posteriormente, con Decreto Supremo N° 013-2002-IN del 24 de Octubre 2002, se elevó su rango normativo de creación y se precisó entre otros aspectos, el ámbito de su misión y competencias. Posteriormente mediante Ley N° 28141 del 16 DIC 2003 que modifica diversos artículos del Decreto Legislativo N° 370 – Ley del Ministerio del Interior, se incorpora a la estructura orgánica del Ministerio del Interior como órgano de Defensa (Art. 4°) dependiente directamente del Ministro del Interior (Art. 13°), encargado de atender las peticiones y quejas formuladas por el personal policial y civil que denuncie la vulneración o violación de sus derechos humanos al interior del Sector por situaciones de abuso, discriminación o dilación injustificada de trámites o procedimientos por parte de la administración del mismo Sector Interior o de la Policía Nacional. Finalmente la Ley N° 29334 promulgada el 23 de Marzo del 2009 dada por el gobernante saliente, deroga el Decreto Legislativo N° 370 y sus modificatorias y dicta en su lugar la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior en la cual desaparece definitivamente de la estructura orgánica del Sector Interior a la Defensoría del Policía.

La Defensoría del Policía sigue funcionando actualmente sin una base legal definida ni adecuada a sus funciones y lo que es peor, lamentablemente transcurridos los nueve primeros años de su existencia, y particularmente a partir del cambio de Gobierno en Julio 2006 se ha convertido en una Mesa de Partes de ingreso y salida de documentos sin mayor trascendencia y en un monumento a la burocracia del gobierno de turno saliente; la única atención brindada en el mejor de los casos es la de redactar oficios a las entidades correspondientes. No existe el apersonamiento físico ni la intermediación del funcionario del área encargada ante la instancia donde se produce la vulneración de derechos del recurrente. La Defensoría del Policía es actualmente un órgano burocrático inútil y figurativo dentro del Sector Interior, sus componentes en su mayoría civiles en Lima y en su mayoría policías en sus sedes desconcentradas de Trujillo, Arequipa, Iquitos y Huancayo, carecen del conocimiento y compromiso necesario con el trabajo que desarrollan, no tienen vocación ni voluntad de servicio, efectúan un trabajo promocional informativo, intrascendente y rutinario velando por sus propios intereses y evidentemente no han sido designados a trabajar en dicho organismo precisamente por su perfil de defensores de los Derechos Humanos. La Defensoría del Policía lejos de cumplir con su misión para la cual fue creada, dedica ahora su tiempo y recursos en actividades ajenas a sus responsabilidades, como por ejemplo capacitar promotores en Derechos Humanos para que los Policías estén en condiciones de prevenir e impedir la comisión de delitos mediante una labor más dinámica apegada a los derechos de las personas, actividad desarrollada precisamente en el marco de su IX Aniversario de creación, en lugar de dirigir esta capacitación a las altas autoridades del Ministerio del Interior y Policía Nacional para que cumplan sus funciones con respeto irrestricto por los derechos humanos del personal civil y policial del Sector Interior; o como en un caso más reciente realizado los días 11 y 12 de Marzo 2001 en el complejo policial “Juan Benítez Luna” – Rímac con la finalidad de difundir los proyectos, programas y actividades que realizan las diferentes Direcciones de la Policía Nacional del Perú, así como de entidades gubernamentales a favor de la promoción humana y el respeto por los derechos humanos, bajo la premisa que los policías como defensores de la ley tienen una doble responsabilidad, cumplirla y hacerla cumplir ¿Y qué hay de los derechos humanos de los policías vulnerados precisamente por las Direcciones Policiales a las que la Defensoría del Policía promociona?.

Por otro lado resulta evidente que la Defensoría del Policía carece totalmente de liderazgo y no demuestra ningún tipo de interés en obtener el respaldo que requiere por parte del Despacho Ministerial para la atención de los múltiples problemas del personal policial que no son casos aislados ni individuales, sino verdaderos patrones de vulneración de derechos humanos que se vienen dando en el caso de Lima, a la vista y paciencia de la Defensora del Policía, quien si no cuenta con el respaldo y apoyo necesario para resolverlos ha debido renunciar al cargo por dignidad, transparencia y por solidaridad con los usuarios del servicio de debería brindar el organismo que dirige de manera dinámica y efectiva. La Abogada Ana María MARINO ROMERO, ocupa el cargo público de confianza de Defensora del Policía del Ministerio del Interior, conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 414-2007-IN, desde el 19 de junio del 2007 nombrada por el Señor Luis Alva Castro cuando se desempeñaba como Ministro del Interior y se mantiene en el cargo hasta la fecha.

Partiendo de la premisa que el Defensor del Policía se constituye en un mediador entre el Policía, los trabajadores del Sector Interior y la Administración, el nombramiento del nuevo(a) Defensor(a) del Policía, debe recaer en una persona conocedor de la problemática de los trabajadores del Sector Interior y que esté en condiciones de identificarse con los intereses, sentimientos y experiencias de los civiles y uniformados que lo conforman, comunicarse con las partes en conflicto, establecer condiciones comprensibles y buscar conciliar entendimientos, acuerdos y soluciones a los problemas existentes. Pero además, el nuevo líder defensorial tiene que tener un perfil idóneo para el cargo que ocupa; debe ser una persona muy dinámica, conocedor, defensor, promotor y garante de los derechos fundamentales y con predisposición y vocación de servicio, que no espere que la Institución que dirige se movilice sólo al amparo de las quejas y peticiones formuladas por el personal policial y civil en sus diferentes categorías y jerarquías, grados y niveles en la situación de actividad o disponibilidad, retiro o cesantía, pensionista o sobreviviente que denuncien la vulneración o violación de sus derechos humanos al interior de la administración del Sector por situaciones de abuso, discriminación o dilación injustificada de procedimientos. La Defensoría del Policía también debe actuar de oficio e ir en búsqueda de problemas, vulneraciones y abusos a los derechos individuales, particularmente en agravio de personas que sufren alguna disminución (jurídica, física o psíquica) y que por esa razón se constituyen en grupos vulnerables; por ejemplo: Policías en retiro, viudas, deudos, familiares, discapacitados, aquellos que se encuentran internados en los pabellones neuropsiquiátricos, los policías retirados que por su ancianidad se encuentran alojados en establecimientos geriátricos, etc.

El decalaje descendente que ha venido sufriendo la Defensoría del Policía en estos nueve años no puede continuar con el nuevo Gobierno. La Defensoría del Policía en el Perú debe entrar urgentemente en un proceso de reorganización de personal y de auditoría administrativa con respecto a sus procesos y procedimientos a nivel nacional, con la finalidad de analizar detalladamente sus objetivos y metas, puesto que además los números alcanzados como logros no reflejan la importancia ni relación con las metas de trabajo supuestamente alcanzadas. Lo cierto, lo real y objetivo es que actualmente la Defensoría del Policía no defiende derechos del personal civil y policial que laboran en el Sector Interior, solamente justifica su existencia, en base a los intereses personales de quienes en el caso de los civiles tienen en ese organismo un medio de trabajo y en el caso de los policías que también trabajan en la Defensoría del Policía, una forma de vacacionar y sustraerse del servicio policial. La Defensoría del Policía es un “elefante blanco”. Finalmente, recordar que “el prestigio y el valor de las instituciones, se fundamenta en su noble trabajo, pero más noble, más valorada y más prestigiosa la harán, los hombres y mujeres que desarrollan su labor y función cotidiana. Porque el prestigio de las instituciones lo forjan los que trabajan en ellas”.

(*) Hugo Müller Solón

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