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30 nov 2013

LA MARCHA DEL FRENMILPOL,

PENSIONISTAS, DE LA LEY DE PENSIONES MILITAR-POLICIAL, DECRETO LEY N° 19846
Estimados amigos:
Ayer 28 de noviembre del 2013 a partir de las 1100 horas, tal como estaba programado, se llevó a cabo en Lima la marcha del FRENMILPOL, desde la Plaza Dos de Mayo hasta el Congreso de la República.
La comitiva del FRENMILPOL hizo entrega del Memorial, que al final aparece, al Presidente del
Congreso de la República Dr. Fredy Otárola Peñaranda, a la Dra. Lourdes Alcorta Suero y al Primer Ministro Dr. Cesar Villanueva.
El General PNP Rolando Llanos, Presidente de ADOGEN PNP y el SO. PNP Óscar Pedraza Sierra, Presidente de la FENAPOL, pusieron en conocimiento de las autoridades mencionadas, de la problemática del Decreto Legislativo No. 1133 y su falta de reglamentación.
Es preciso indicar que tanto el Presidente del Congreso como el Presidente del Consejo de Ministros, manifestaron que recién se enteraban del problema presentado, por lo que se documentaran y posteriormente darán una respuesta.
Confiamos en que atenderán nuestros justos reclamos.
Aprovecho la oportunidad para agradecer en nombre del Colegiado de FRENMILPOL a todos y cada uno de los que asistieron a esta marcha y esperaron a la comisión del colegiado para enterarse de los resultados.
Asimismo, nos hubiese gustado tener mayor presencia de los pensionistas, pero desgraciadamente todavía existe la indiferencia de la mayoría, que esperan bien cómodos en sus casas que una minoría sea quien gestione y haga los reclamos ante las autoridades, para conseguir se respeten nuestros derechos.
Feliz fin de semana
Fredy Arias Portugal
Coronel FAP (r)

MEMORIAL PRESENTADO
FRENTE NACIONAL MILITAR-POLICIAL
F R E N M I L P O L
SEÑOR OLLANTA HUMALA TASSO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Y JEFE SUPREMO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
SEÑOR FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
SEÑORES CONGRESISTAS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
ASUNTO: INVOCANDO EL PRINCIPIO DE LA IGUALDAD ANTE LA LEY, SOLICITAMOS CORREGIR EL DISCRIMINADOR CORTE GENERACIONAL PENSIONARIO.
El Frente Nacional Militar Policial, es una organización de lucha gremial unitaria, ajena a vínculos políticos partidarios, que agrupa a 73 asociaciones de militares y policías de todo el Perú, legalmente constituidas; cuyos dirigentes y asociados recurrimos ante ustedes con el respeto debido a sus altas funciones de Estado, para demandar el estudio y justicia de los temas que a continuación exponemos y sustentamos.
Que, en la actualidad contraria y paradójicamente, EXISTEN DOS CLASES DE PENSIONISTAS EN LAS FF.AA Y PNP; los mismos, que cumplimos con el sagrado deber que nos impone nuestra misión: de pacificar el país, para un desarrollo en paz; no obstante, estar sujetos a los mismos beneficios, derechos y condiciones laborales.
Se ha generado un estado de inequidad en la que los más antiguos perciben menor pensión, teniendo similar preparación profesional, igual jerarquía, desarrollo profesional abnegado y esforzado, HECHO QUE INFRINGE EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA IGUALDAD ANTE LA LEY.
Se discrimina y congela injustamente las pensiones en el tiempo, mediante el mal concebido y empleado corte generacional, no obstante que el Decreto Legislativo Nº 1133 establece que se reglamentará en 120 días, pero, no se ha realizado en los 11 meses transcurridos, por el incumplimiento de los deberes del Poder Legislativo que, los obliga al control de los dispositivos que el Ejecutivo emite por delegación de funciones.
La falta de reglamentación oportuna ha generado distintas formas de interpretación del decreto precitado, tanto es así que no solo nos congelarán las pensiones en el tiempo a los antiguos, sino también ha generado contradicciones en su aplicación, como es el caso de los beneficiarios del Decreto Ley 19846 de la Policía Nacional que, pasaron al retiro con 15 o menos de 20 años, a quienes no se les otorga las treintavas partes de las remuneraciones pensionables de su grado.
Pero, en las Fuerzas Armadas, con un criterio amplio sobre la interpretación de la norma, le conceden a su personal el aumento otorgado mediante el Decreto Legislativo N° 1133, porque dicho decreto no hace ningún distingo con la pensión renovable y no renovable, por lo que debe regularizarse el pago al referido personal con los devengados correspondientes desde el 09 de diciembre del 2012.
Otro de los temas sensibles es el relacionado con el personal de pensionistas que tienen derecho a pensión de retiro renovable, equivalente a la remuneración del grado inmediato superior, habiéndose generado un marcado inconveniente con el caso de los Comandantes con pensión equivalente al grado inmediato superior, quienes perciben un monto menor que los comandantes que no tienen grado inmediato superior remunerativo, por lo que solicitamos también regularizar esta situación de desfase entre los grados aludidos.
Cabe recordar que al elaborarse inicialmente los Decretos Legislativos 1132 y 1133, no se tomó en cuenta el proyecto de ley que tenía el Congreso de la República, concebido y elaborado por técnicos, catedráticos y ex – ministros de Estado, pertenecientes al Frente Nacional Militar – Policial.
Por eso, consideramos que SIN VULNERAR NI AFECTAR EL DECRETO LEGISLATIVO 1133, MEDIANTE LA REGLAMENTACIÓN, ES FACTIBLE DISPONER LA IGUALDAD DE PENSIONES POR JERARQUÍAS Y AÑOS DE SERVICIO PARA LAS FF.AA Y PNP., EN CONSIDERACIÓN AL PRINCIPIO LABORAL DEL PAGO JUSTO POR EL TRABAJO Y RIESGO DEL MISMO, COMO EN TODA ORGANIZACIÓN MODERNA.
Por las razones fundamentadas y expuestas, pedimos la aplicación del principio de justicia con las fuerzas del orden que en actividad y en retiro, constituimos un conjunto de peruanos, que pedimos lo dicho:
¡No pedimos dadivas, solamente igualdad ante la ley y justicia social!
Lima, 28 de noviembre del 2013
PRESIDENCIA COLEGIADA FRENMILPOL

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