1-4-2014
No tuvo mejor idea el ex presidente García que mover sus fichas
tácitas para evitar -por ahora- las acusaciones de la Megacomisión
congresal. Se entiende. El terror cerval que sienten los pusilánimes
cuando huelen la cárcel es de tal magnitud que nada importa con tal de
eludir, por los medios que fuesen, el brazo corrector de la justicia.¿Entenderán los que aún quedan, la vergonzosa y muy cobarde demostración de miedo que está
dando el vanidoso que ha traicionado todas las ideas de Haya de la Torre y convirtió su ejemplo moral de hombre sin riquezas sospechosas en todo lo contrario y la política en vil negociado culpable que maldecía Víctor Raúl?
Los miopes sólo se vuelven sabios a la hora de exaccionar al Estado vía puestos y con recorrido por las alamedas del robo, el chantaje, la coima, la monra. Pocas veces -hasta Echenique y Prado serían más diminutos- se ha saqueado tanto el dinero público que cuando las administraciones de amigotes entre 1985-1990 y 2011-2016. Nuevos ricos, insolentes con sus propiedades injustificables, viajes al por mayor, contratos bajo la mesa y raterías por doquier provocaron la agonía que seguirá patentizándose en Trujillo en octubre con la catastrófica derrota lapidaria en la tierra de Haya de la Torre y comprobaciones de cómo el movimiento antaño renovador y pugnaz, ha desaparecido de casi todo el Perú: ¡Cajamarca es muestra patética de cuanto digo!
Un juez a la carta, no sabemos qué favores deberá o ha sido congratulado, declara tres nuevas nulidades de actos procesales que debieron tener nueva Demanda de Amparo, pero solícito aquel miserable, incurre en felonía impresionante.
Leamos lo que apunta quien sí conoce de estos parajes y sus entresijos, el doctor Guillermo Olivera Díaz, de quien tomo un texto que está circulando en Facebook.
¡Juez de Alan consuma contrabando prevaricador!
En un Cuaderno de Ejecución provisional de sentencia, declara tres (3) nuevas NULIDADES de actos procesales, que tendrían que haber sido motivo de nueva Demanda de Amparo
Vean su Resolución: 22
Lima, 27 de marzo de 2014
AUTOS Y VISTOS: Teniendo a la vista el cuaderno de ejecución... provisional de sentencia impugnada.
En ejecución de fallo o sentencia del 19 de setiembre 2013, el juez constitucional, salvo de contrabando prevaricador, no puede declarar la nulidad de un acto procesal nuevo (citación a García) de 3-10-2013; además, la nulidad de la declaración del mismo García de 31-10-2013 y los informes finales de la Megacomisión, que no fueron abarcados por aquel fallo primigenio de setiembre 2013, y ni siquiera fueron motivo de la demanda de amparo de marzo de ese año.
Ningún fallo judicial puede haber anulado en setiembre del 2013, actos procesales que aún no se habían producido, como son la citación a García de 3-10-2013 y su declaración de 31-10-2013 y los informes finales de la Comisión congresal que ventiló el caso García.
Los jueces en sus fallos no adivinan los vicios de actos procesales futuros, que además no se precisaron en la demanda del amparo promovido.
En ejecución de sentencia el juez no puede declarar nuevas nulidades no contenidas en su fallo inicial, ni en la sentencia de vista de 27-12-2013. Para tales nuevas nulidades debió mediar nueva demanda. Y éste no ha sido el caso.
Tal juez de García simple y llanamente pretende contrabandear; y que los abogados de García y la prensa cumplan el rol de amplificadores, en sus nutridas conferencias con argumentos que buscan confundir.
Lima, 31-3-2014
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