SUMILLA: Solicito Ampliación de investigación, sobre Informes-Denuncia, que se encuentran comprendidas en el Informe Anual del Consejo de Fiscalizacion Julio 2015-Julio 2016, documento que dio origen para que la Asamblea General Extraordinaria del 27ENE17; acordara
el nombramiento de la Comisión AD-HOC, para que se aboque exclusivamente a investigar e informar resultados en un plazo de 60 días.
Ref.: INFORME ANUAL JULIO 2015-JULIO 2016-ACENESPAR-GC-CONFIS.formulado y Publicado por el Señor Presidente del Consejo de Fiscalizacion de ACENRSPARGC.
Comunicado del Consejo Directivo de ACENESPAR-GC; del 30FEB17, nombramiento de la Comision AD HOC, para investigar y informar, otorgandole un plazo de 60 dias.
Resolucion del Consejo Directivo de ACENESPAR-GC; Nº 04-2017-ACENESPAR-GC; del 27FB17.
Articulo Nº 52 y Articulo Nº 54 del Estatuto de ACENESPAR-GC.
SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO DE FISCALIZACION DE ACENESPAR-GC.
EMILIO OSCAR ALEMAN ZIEGNER, Identificado con DNI N° 07623725, con domicilio Real en Avenida Fernando Terán 501, Distrito de Chorrillos, Departamento y Provincia de Lima, a Usted, digo:
Que, conforme a lo prescrito en los documentos señalados en la Referencia y dentro de los Términos y Plazos que otorgó la Asamblea General Extraordinaria del 27ENE17 a la Comision Ad Hoc; respetuosamente me presento y digo:
Que, habiéndose desarrollado la Asamblea General Extraordinaria, el día 20 de Mayo del 2017, me refiero en particular al primer punto de la Agenda que indica:” Informe de la Comision Ad Hoc, en cumplimiento al Mandato de la Asamblea General Extraordinaria del 27ENE2017”; cabe señalar que los Informes presentados por el Consejo de Fiscalizacion de la Gestión 2014-2016, que contiene el pedido de investigación de una serie de denuncias por hechos ocurridos en gestiones anteriores y que en su momento no fueron atendidos, lo que han sido reiterados por el actual Consejo de Fiscalización, como consecuencia de ello, La Asamblea General Extraordinaria, debatió alternativas respecto al mejor trámite de investigación que debía dársele y por mayoría acordó nombrar una COMISION AD HOC, para que se aboque exclusivamente a investigar en informar resultados en un plazo de 60 días”;
Pero es el caso que el Informe emitido por la Comision Ad Hoc. Efectuada en la Asamblea General Extraordinaria, del día 20MAY17; NO HAN CONSIDERADO MENOS HA TOMADO EN CUENTA de algunos Informes-Denuncia, sobre hechos muy resaltantes como consecuencia de las Acciones de Control realizadas, en el Campo Administrativo y Económico de ACENESPAR-GC, por parte del Consejo de Fiscalización, Periodo 2014-2016 y ratificadas por la actual Consejo de Fiscalizacion; Informes-Denuncia, contenidas en el Capítulo III del Informe Anual del Consejo de Fiscalizacion Julio 2015-Julio 2016, que requieren necesariamente una investigación y pronunciamiento, conforme al Mandato dispuesto por la Asamblea General Extraordinaria del 27ENE17; como detallamos a continuación:
III.- ACCIONES DE CONTROL REALIZADAS:
A. EN EL CAMPO ADMINISTRATIVO:
1. ÁREA LOGÍSTICA:
EL REGISTRO DE COMPRAS ES MANUAL. NO CUENTA CON UN SISTEMA INFORMÁTICO INTEGRADO EN EL PROCESAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS SEDES Y ÁREAS DE LA ASOCIACIÓN.
AL REVISARSE LAS ÓRDENES DE PEDIDOS CORRESPONDIENTES AL MES DE JUL 2015, OBSERVAMOS “LA ADQUISICIÓN DE UN MISMO PRODUCTO, EN LA MISMA FECHA, CON PRECIOS DISTINTOS Y A PROVEEDORES DIFERENTES”. ORDEN DE PEDIDO FIRMADA POR EL JEFE DE ALMACÉN Y POR EL GERENTE DEL CE CIUDAD.
EL INTERNAMIENTO AL ALMACÉN DE LOS CITADOS PRODUCTOS SE EFECTUO CON NOTAS DE INGRESO DE FECHAS ANTERIORES A LA ORDEN DE COMPRA.
ESTOS MECANISMOS DEJAN ENTREVER LA NECESIDAD DE REVISAR LOS PROCEDIMIENTOS EXISTENTES Y ADOPTAR ACCIONES QUE SEAN PERTINENTES.
2. ÁREA DE RESERVAS Y CONTRATOS:
ESTA ÁREA CENTRALIZA LOS CONTRATOS DE LA SEDE DEL CE CIUDAD, MÁS NO LOS DE CURAYACU Y ÑAÑA, SEDES QUE REPORTAN DIRECTAMENTE A CONTABILIDAD, LO CUAL GENERA FALTA DE INFORMACIÓN CONSOLIDADA.
SE HA OBSERVADO QUE UNA EMPRESA DENOMINADA: “PRISJONG SAC, BODAS Y EVENTOS”, HA ATENDIDO EN VARIAS OPORTUNIDADES A NUESTRA ASOCIACIÓN. LO QUE PODRÍA CONSTITUIR UN MONOPOLIO EN DICHOS SERVICIOS. SE SUGIRIÓ SE PUBLIQUE UNA RELACIÓN DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE EVENTOS.
3. ASESORÍA LEGAL:
LA OFICINA LEGAL VIENE FUNCIONANDO A CARGO DE UN PROFESIONAL DE RECIENTE NOMBRAMIENTO.
SE OBSERVÓ LA EXISTENCIA DE CONTRATOS DE ASESORES LEGALES EXTERNOS, COMO ES EL CASO DE UN ASESOR LEGAL EXTERNO PARA CASOS LABORALES, QUE HA DEJADO EL CARGO HACIENDO ENTREGA DE 35 CASOS LABORALES JUDICIALIZADOS POR UN MONTO TOTAL APROXIMADO DE S/. 690,806.46; LA MAYORÍA DE ELLOS POR DESPIDOS INTEMPESTIVOS, OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Y ALGUNOS CON SENTENCIA CONSENTIDA, QUE EN EL SUPUESTO NEGADO DE SENTENCIA EN CONTRA AFECTARÍAN LA ECONOMÍA DE ACENESPAR-GC.
ASIMISMO, EXISTE UN ASESOR LEGAL EXTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO; AL RESPECTO NO HEMOS ENCONTRADO A MÉRITO DE QUE DISPOSITIVO ESTATUTARIO SE EFECTÚA DICHO CONTRATO, CONFORME ESTÁ ESTABLECIDO EN EL ART. 56° DEL ESTATUTO PARA EL CONSEJO DE FISCALIZACIÓN, DEL CUAL NO HEMOS HECHO USO PARA NO AUMENTAR LA PLANILLA.
CONSIDERANDO LOS CASOS A CARGO Y LOS MONTOS REMUNERATIVOS DE LOS MENCIONADOS ASESORES, ES VIABLE IMPLEMENTAR LA “OFICINA DE ASESORÍA LEGAL” CON PROFESIONALES QUE TRABAJEN A TIEMPO COMPLETO Y EN ÁREAS NECESARIAS PARA ACENESPAR-GC; REALIZANDO LAS LABORES DE ASESORÍA Y DEFENSA DE LOS INTERESES DE LA ASOCIACIÓN, INCLUSO PODRÍA SER MENOS ONEROSO Y CON RESULTADOS POSITIVOS.
5.- SITUACIÓN DE LAS VILLAS DE TUMBES Y CUZCO:
ACENESPAR-GC ES PROPIETARIA DE DOS VILLAS, EN TUMBES Y CUZCO, DE OCHO (8) Y ONCE (11) DEPARTAMENTOS RESPECTIVAMENTE.
POR INFORMACIÓN DEL GERENTE GENERAL SE CONOCE QUE LA ADMINISTRACIÓN ES INFORMAL, YA QUE SE EFECTÚA A TRAVÉS DE ENCARGADOS.
LAMENTABLEMENTE NO PODEMOS DAR MAYORES INFORMES SOBRE DICHAS VILLAS, EN RAZÓN DE NO HABERLAS PODIDO VISITAR COMO ERA NUESTRA OBLIGACIÓN; NO OBSTANTE HABER EFECTUADO EL REQUERIMIENTO PARA ELLO, QUE NO FUE ATENDIDO POR EL CONSEJO DIRECTIVO.
URGE QUE EL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO BRINDE ATENCIÓN A DICHAS VILLAS, SUGIRIÉNDOSE ALGUNAS ALTERNATIVAS COMO:
a. REHABILITAR DICHOS DEPARTAMENTOS, PARA SU ALQUILER A PRECIO DE MERCADO Y NOMBRAR ADMINISTRADORES FORMALES.
b. PREVIO ESTUDIO, MODIFICAR LA ESTRUCTURA DE DICHOS LOCALES PARA SU ACONDICIONAMIENTO EN HOTELES U OFICINAS, COMO FUENTES DE INGRESO PARA LA ASOCIACIÓN.
ESTO DEBERÍA APRECIARSE DESDE UNA ÓPTICA EMPRESARIAL, QUE DEBIDAMENTE FINANCIADO REPORTARA BENEFICIOS PARA LA ASOCIACIÓN.
B. EN EL CAMPO ECONOMICO FINANCIERO:
4.- EXISTENCIA Y EMPLEO DE FONDOS FIJOS:
a. EN NUESTRAS FUNCIONES DE CONTROL HEMOS ENCONTRADO LA EXISTENCIA DE TRECE (13) FONDOS FIJOS ROTATORIOS, ADMINISTRADOS POR LOS GERENTES DE SEDES, DIRECTOR DEL COLEGIO, EJECUTIVA DE TESORERÍA Y EJECUTIVO DE LOGÍSTICA, CON MONTOS VARIABLES (UNO DE ELLOS POR S/. 30,000.00 SOLES).
EL CONSEJO DE FISCALIZACIÓN ESTIMA QUE EXISTE DISPERSIÓN DE FONDOS Y PERSONAS QUE LOS ADMINISTRAN, POR LO QUE SE DEBE REDUCIR ESTOS FONDOS Y LAS COMPRAS CANALIZARSE ADECUADAMENTE POR LOGÍSTICA; LO CUAL FACILITARÍA LAS ACCIONES DE CONTROL INTERNO, ASÍ COMO DETERMINAR RESPONSABLES DE DICHO MANEJO.
b. RELACIONADO CON EL MANEJO DE FONDOS FIJOS, SE VERIFICÓ QUE EN LOS CE ÑAÑA Y CE CURAYACU, EL GERENTE QUE ES EL MISMO DE SEDE, UTILIZÓ DICHO FONDO DESTINADOS A GASTOS DE EMERGENCIA, EMPLEANDOLO INDEBIDAMENTE PARA EL PAGO DE HORAS EXTRAS A ALGUNOS TRABAJADORES DE PLANTA Y TAMBIÉN PAGOS CON RECIBOS DE HONORARIOS POR TRABAJOS NO REALIZADOS Y A PERSONAS AJENAS A LA ASOCIACIÓN.
ESTO ÚLTIMO CORROBORADO POR LA SRA. ANGIE CHAVEZ SECLEN (EX-TRABAJADORA), QUE CON INFORME N° 001-16 DEL 19ABR16 DENUNCIA QUE A SU HERMANA MADELYN JANET CHAVEZ SECLEN, QUE NUNCA PRESTÓ ALGÚN TRABAJO EN ACENESPAR-GC, LE HABÍAN EMITIDO (FRAGUADO) SEIS RECIBOS POR HONORARIOS POR SERVICIOS DESEMPEÑADOS SUPUESTAMENTE COMO AZAFATA.
TODO ELLO SE HA HECHO DE CONOCIMIENTO AL CONSEJO DIRECTIVO, EL MISMO QUE REMITIÓ UN INFORME DEL GERENTE GENERAL EN EL QUE SE TRATA DE JUSTIFICAR Y MINIMIZAR DICHOS PAGOS IRREGULARES QUE PODRÍAN CONSTITUIR INCLUSO ILÍCITOS PENALES (EMPLEO DE RECIBOS DE PERSONAS AJENAS).
POR LO EXPUESTO:
A Usted Señor Presidente del Consejo de Fiscalizacion de ACENESPARGC, de conformidad a lo establecido en el Estatuto y del Reglamento General del Estatuto de ACENESPAR-GC; le solicito a Ud. en forma respetuosamente, se sirva, efectuar los tramites Administrativos que correspondan y resolverse conforme al Mandato dispuesto por la Asamblea General Extraordinaria del 27ENE17, a lo peticionado y por encontrarse con arreglo a Ley y por ser de Justicia.
Lima, 24 de Mayo del 2017.
EMILIO OSCAR ALEMAN ZIEGNER
DNI Nº 07623725
Asociado A1- Carnet Nº 2352
Liberen a Fujimori y si no se puede ponganle compania desde Alan hasta Ollanta por ahora.!!! Equidad y el Peru los aplauidira.!!!
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