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17 dic 2012

SOBRE SUELDOS Y AUMENTOS EN LA PNP

Congreso ya evalúa derogar decretos anticonstitucionales que "reforman"liquidando el régimen de las FF AA y PNP

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César Rojas
Debido a que viola derechos elementales, los decretos legislativos sobre pensiones, disciplina y requisitos para las carreras militar y policial podrían ser modificados o derogados totalmente, según adelantaron algunos congresistas.
Acerca del Decreto 1150, sobre disciplina en la PNP, que castiga con pase al retiro al efectivo que tenga relaciones homosexuales, por afectar la imagen de su institución, la ministra de la Mujer
, Ana Jara, se pronunció vía Twitter.
"Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. Toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley. Nuestra Constitución así lo sanciona en su artículo 2", escribió.
"Eso es un problema y vale la pena tomar nota, pero tiene que ser corregido con una fe de erratas. Es un lapsus y tiene que ser sacado de la ley", expresó en Radio Capital, Isaac Humala, padre del presidente de la República.
 
Servicio militar
Daniel Mora cuestionó que el Decreto 1146 establezca que se puede evadir el servicio militar obligatorio con una multa. "Sería mejor poner que todo aquel sorteado que no tenga impedimento deba hacer el servicio. Las multas que se establecen solo harían que los pobres tengan menos opciones", consideró.
Por su parte, Carlos Tubino señaló que no se termina de entender cómo un hijo adoptado, cuyo padre militar o policía muera antes de los tres años de la adopción, no pueda acceder a la pensión de orfandad. "Esto lo tienen que explicar los ministros", precisó.
Santiago Gastañadui, presidente de la Comisión de Constitución, explicó que un subgrupo de trabajo deberá evaluar a la brevedad posible estar normas para evitar que los puntos positivos sean perjudicados por los errores que se pudiesen encontrar.
"A cargo del grupo va a estar el congresista Marco Falconí y confío en su capacidad para hacerlo. Ya se hizo con la ley de los clubes de fútbol, que se pudo corregir. Este gobierno no va a excluir a ningún peruano por el simple hecho de ser diferente", declaró.


  Diciembre 15, 2012

Congreso debe revaluar nueva escala remunerativa liquidacionista de las FF.AA. y Policía Nacional


“Congreso debe revaluar nueva escala remunerativa de las FF.AA. y Policía”
Secretario general de Perú Posible, Luis Thais, instó a la Comisión Permanente del Congreso para que revise la ley que acaba de modificar la nueva escala remunerativa de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en vista que dicha medida a futuro no dejaría ningún beneficio tanto para los miembros activos como para aquellos que deseen enrolarse a futuro.
 
De esta forma, explicó, por ejemplo, que en caso de que una persona desee optar por alguno de estos dos caminos tendría que esperar hasta cinco años para poder aspirar a un sueldo no mayor de S/. 3.000, lo que generaría que cada vez menos peruanos deseen formar parte de la familia policial o militar.
 
“Una persona que entra con un poco más de veinte años recién ganará tres mil soles en el 2017, sin contar que en el 2013 no les van a aumentar nada porque están proponiendo todos los salarios juntos. Además, les han subido el porcentaje de pago para la caja de pensiones. Eso significa que en la práctica les estarían bajando el salario”, aseveró.
 
En declaraciones para diario16, Thais sostuvo que, con esta reciente ley, el gobierno no estaría valorando la gran labor sacrificada de las FFAA y a la PNP, por lo que propuso que se determinen aumentos de acuerdo a cargos equivalentes o existentes en otras áreas de la administración pública.
 
“Debe haber una equivalencia entre los salarios, por ejemplo, de un general y un funcionario público de alto nivel. No puede ser que un peruano pase su vida defendiendo al país y reciba uno de los sueldos peor pagados de Latinoamérica”, expresó.
 
El sociólogo también mostró su sorpresa respecto a una nueva propuesta que se estaría cocinando en el gobierno, que limitaría la carrera militar hasta los cuarenta años.
 
“Esto favorecería a la más reciente promoción tanto de la PNP como de las FFAA porque colocaría un gran tapón para que nadie más ascienda. Y todos sabemos quiénes las integran”, acotó.
 
Sobre este punto, recordó que el exministro de Defensa, Roberto Chiabra había trabajado mucho para que los miembros de nuestras fuerzas del orden y militares formen una pirámide justa en relación a los ascensos y no como ahora que más parece un “cuadrado” de intereses.
 
RETIRO SIN BENEFICIOS
 
El tema de la jubilación en policías y militares también se vería seriamente afectado. Luis Thais manifestó que actualmente por este concepto solo les correspondería el equivalente al 55% de una remuneración, de acuerdo a la escala; sin contar que una viuda solo percibiría la mitad de este monto.
 
“No nos parece justo que de alguna manera el gobierno haya hecho esto sin consultarle al Ministerio de Defensa a los altos mandos militares. Yo creo que el Congreso, la comisiones de Defensa y Constitución deben de reunirse, y dentro de la Comisión Permanente cambiar esta situación”, afirmó.
 
De este modo, remarcó que es insólito que un país que crece a un ritmo de 6% anual sea incapaz de pagarle “un buen sueldo a nuestras fuerzas armadas y policiales”.
 
Finalmente, Thais vaticinó que si esta situación no es analizada y replanteada con seriedad por el Estado, las personas con menos facultades y vocación terminarán en las FFAA y la PNP.
 
“Le vamos a dar oportunidad a gente que tiene menos capacidad e identificación con las instituciones militares y policiales. Con ese personal, ¿le confiaremos a un piloto el manejo de un avión de 50 millones de dólares? ¡Por favor!”, puntualizó.

LOS MILITARES QUE VOTAMOS POR HUMALA NO LE DIMOS PATENTE DE CORSO PARA CONCULCAR NUESTROS DERECHOS CONSTITUCIONALES

AÚN LOS QUE VOTAMOS POR HUMALA, JAMÁS LE DIMOS PATENTE DE CORSO PARA VIOLAR LA CONSTITUCIÓN NI LA LEYES Y MENOS LOS DERECHOS FUNDAMENTALES NI EL ESTADO DE DERECHO Y EL ÓRDEN CONSTITUCIONAL Y DEMOCRÁTICO. CON SUS DECRETOS LEGISLATIVOS, DIZQUE PARA REFORMAR EL SISTEMA REMUNERATIVO Y PENSIONARIOS ESTÁ FLAGRANTEMENTE VULNERANDO LOS DERECHOS ADQUIRIDOS AUNQUE MAÑOSAMENTE DIGAN QUE NO; PERO ADEMÁS VULNERA LA SEGURIDAD Y ESTABILIDAD JURÍDICA QUE SI, INCONGRUENTE Y GRACIOSAMENTE, SE LAS GARANTIZA Y OFRECE A LOS INVERSIONISTAS, EMPRESARIOS Y LA BANCA, NACIONAL Y EXTRANJERA. PERO LO MÁS GRAVE AÚN QUE AGRAVIA LA DIGNIDAD Y EL HONOR DE QUIENES VESTIMOS EL UNIFORME DE LA PATRIA Y QUE LA NACIÓN NOS HA CONFIADO LA ARMAS JUSTAMENTE PARA DEFENDER Y GARANTIZAR EL ESTADO DE DERECHO; COMO EL MISMO HUMALA TASSO LE DIJO, SIN NINGÚN PUDOR NI VERGUENZA, A LOS RECIÉN GRADUADOS DE LA ESCUELA MILITAR DE CHORRILLOS.

 "CON ESTAS ESPADAS O SABLES, USTEDES TENDRÁN QUE DEFENDER EL ESTADO DE DERECHO AÚN A COSTA DE SU PROPIO SACRIFICIO".

DIGO SIN PUDOR NI VERGUENZA, POR QUE EL Y SU GOBIERNO LO QUE ESTÁ HACIENDO, CON ESE MAMOTRETO DE DDLL, ES UN GOLPE AL ORDEN CONSTITUCIONAL Y DEMOCRÁTICO Y AL ESTADO, QUE TODOS LOS PERUANOS Y ESPECIALMENTE MILITARES Y POLICÍAS NO PODEMOS NI DEBEMOS DE PERMITIRLO.
 
CARLOS RAYGADA CÁCERES
CORONEL FAP
DNI 10306680

LA CONSPIRACION DEL GOBIERNO CONTRA LOS MILITARES Y POLICIAS: CONSULTAN A LOS INTERESADOS DESPUES DEL LEGICIDIO Y NO ANTES PARA ESCUCHAR Y ANALIZAR EL PROYECTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL


Estimados colegas:
El Comandante General de la Marina me comunicó ayer en la noche que por iniciativa suya el Presidente del Consejo de Ministros nos recibiría a los almirantes Jorge Dubois, presidente del Consejo Consultivo de Marina, Walter Indacochea, presidente de la Asociación de Oficiales de Marina, Javier Bravo presidente de la asociación de ex Cadetes Navales y a mi en calidad de presidente de ADOGEN PERÚ, el almirante José Nicanor Gonzales participó a solicitud mía en calidad de presidente de nuestra Comisión de remuneraciones.  El Presidente del Consejo de Ministros hizo un aparte en la sesión del Consejo de Ministros para recibirnos y presentarnos al Dr. Jorge Nosiglia, Director General de Recursos Públicos del MEF quien nos haría una presentación sobre los D.Leg. de Remuneraciones y Pensiones recién promulgados.

El P.C.M me preguntó donde estaba el resto de participantes en la reunión anterior, Gral PNP Rolando Llanos y el T.S. PNP  Oscar Pedraza y le mencioné que nadie me dijo que estaban invitados. El PCM me indicó que le alcance una nómina completa de todos los dirigentes colegiados del FRENMILPOL para invitarlos y se retiró.  El Dr. Nosiglia y otra Dra. de su Despacho fueron premunidos con su exposición en Power point  con un sin numero de láminas, cifras, porcentajes y escalas, manifestando que le preguntáramos lo que deseábamos.

No diré que el Dr. Nosiglia fue un San Juan con su apocalipsis pero si Dante Alighieri  con su Divina comedia, era cuestión de que cada cual se ubique en que círculo del infierno está dando vueltas.

  
Entre muchas cosas le dije que lamentaba que el PCM no hubiera accedido a nuestra solicitud de hacerle una presentación previa de nuestro proyecto para apoyarlo y que ahora habían engendrado unas normas que necesariamente apelaremos en los tribunales y que han creado un profundo descontento.
El Dr. Nosiglia escuchó pacientemente y nos dijo que no había visto ninguno de nuestros proyectos pero que todos los Ministros si habían conocido el Proyecto del MEF. Le dije así mismo que con la mordaza que tienen nuestros colegas en actividad, por no ser deliberantes, nosotros teníamos el deber de hacerlo por ellos y se le hizo notar la insensibilidad humana y social de su proyecto, abusando que por no tener derecho de huelga como construcción civil, el SUTEP  o  los médicos nos consideraban un tope de 10,016 soles NO RENOVABLE para los pensionistas de la ley 19846.  Para abreviar, les dije que no me sentía capaz de ser su portavoz ante nuestros asociados de todo lo que mostró en sus cuadros y que lo invitaba a hacer su exposición para dos cientos o tres cientos pensionistas de todas las jerarquías y que los mas perjudicados seguían siendo el personal subalterno, mientras en la SUNAT, el Congreso, el Poder Judicial y el BCR tienen remuneraciones tremendamente mayores, por no mencionar a las FF.AA. de los paises vecinos. Dijo que si se lo ordenan no tendría inconveniente de hacer la exposición, que según escuchamos, la repetiría por separado a pequeños grupos del Ejèrcito, FAP y PNP en los próximos dias.

En el conversatorio del Viernes a 10:00 hs.en nuestra sede el almte. Gonzales ampliará la información. 

Atentamente
Gustavo Barragán Schenone
    Vicealmirante A.P.
ANALISIS ESQUEMATICO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1132 Y EL DECRETO LEGISLATIVO 1133

1.- El Decreto Legislativo 1132, según el art. 4., el ámbito de aplicación en materia de ingresos es para el "personal militar de las FF.AA. y el personal policial de la PNP.EN SITUACION DE ACTIVIDAD.
Queda pendiente de analisis los dispositivos legales que señala el art. 4to. de Dec Leg. 1132, como el art. 408 del Dec. Leg. 556; el art. 47 del Dec. Leg. 573 y el DS. 008-2005-IN., para determinar otros ambitos de su aplicación. 
     En este dispositivo 1132, en sus DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGADAS,  valga la "rebusnancia", derogan todas las normas respecto de los beneficios  remunerativos que contempla el DS. Nro 213-90-EF , vigente para el personal en situación de Actividad y  que por mandato de la ley 19846 y 24640,   que son de  nuestro  "ámbito de aplicación" ,  al personal de retiro, descendientes, sobrevivientes y etc. etc., QUE GOZAN DE LA RENOVABILIDAD DE LAS PENSIONES ( DE LOS CAUSANTES O TITULARES Y DE SUS DESCENDIENTES) Y SI LAS LEYES NO SON RETROACTIVAS COMO SE PRETENDEN "VENDERse"  LOS DEL GOBIERNO CENTRAL, ENTONCES  NUESTRAS PENSIONES  DEBEN DE SER ACTUALIZADAS,   PARTIR  DEL SINCERAMIENTO  DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS, teniendo como fundamento los dispositivos derogados de manera amañada.

  Por ello les sostuve que había o debíamos de  esperar el fin de mes de Diciembre del 2012 , para ver el tratamiento  que se nos dá a los pensionistas; que colegida la interpretación con la 19846 y 24640, pudieran O DEBERIAN DE  reflejar en nuestras boletas de pago de los titulares Pensionistas y el ámbito de aplicación  según estos dispositivos, la ACTUALIZACION DE NUESTROS EMOLUMENTOS PENSIONARIOS, QUE TIENEN CARACTER ALIMENTARIO.. Ello en la certidumbre de que esta Ley novísima  y perversa (1132), COMO REPITO : A) no tiene efecto retroactivo y B)  no debería afectarnos, quedando, EN FUNCION DE ELLO,  pendiente de parte de este gobierno la Actualización que debió de darse  en respuesta de la 213 y que luego de mas de veinte años  de vigente, nunca  operativizaron, ESTA PENDIENTE Y  REQUERIDA Y NECESARIA ACTUALIZCION.  

2.- El Decreto Legislativo 1133, rige a partir de la fecha de su publicación y según la parte considerativa,constituye un nuevo régimen de pensiones para el personal militar y policial, a partir de la entrada  en vigencia del presente, "inicien la carrera de Oficiales y Sub oficiales, y deberán regirse  por los criterios de sostenibilidad financiera y no nivelación de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú.

    Este mismo dispositivo, declara cerrado el régimen pensionario 19846 y conexos.

3.- En lo que respecta al personal de Actividad, a los que literalmente no les debería de alcanzar el Dec Leg. Nro. 1132 y a los Pensionistas de las FF.AA. y PNP, entre los que estan sus descendientes, sus viudas y los discapacitados por razones de servicio y que literalmente deben de usufructuar  los mandatos de la Ley de Pensiones  19846, 24640 y el DS. Nro. 213, hasta que no quede ningún beneficiario vivo que estan  comprendidos  como ambito de aplicación  de remuneraciones y pensionaría. Acá  existen dos  tipos  de  ámbito  de aplicación.

a.- Los egresados  hasta el año 1973 inclusive ( que ahora están en la calidad de pensionistas, juntamente con sus descendientes y viudas, asi como discapacitados en actos del servicio). Las Leyes aludidas no dicen nada al respecto. 
b.- Los  egresados a partir de 1974, que están inmersos  en la Caja militar -policial; estos últimos  inmersos en el ámbito de aplicación de creacion de la Caja Militar-Policial y muchos de  estos efectivos, aún en situación de Actividad,  todavía  están   dentro del ámbito de  la Ley 21021.

    En los primeros, el gobierno central, por intermedio de los respectivos Ministerios de Defensa y del Interior, serán los responsables de administrar las Pensiones y derechos que le corresponden a los causantes egresados hasta el año 1973 inclusive. De ellos,  esta Ley,  creo , a "ojo de buen cubero", no dice nada.

  Por el contrario habla de la repotenciacion de la Caja ( pero entendida  para los egresados  a partir de 1974.,  hasta este año en que entra en vigencia  el Dec Leg. 1132 y 1133 ).

Hay mas para  debatir  hasta aquí  pero están en su derecho, después de que lean estos conceptos iniciales   prepararse para "motivar" a los que nos quieren silenciar, diciendo que no opinen, que confundimos. Sin embargo, el tiempo pasa (en la demora esta el peligro) y Ellos, no obstante  presentarse como representantes  de Federaciones Y asociaciones, SE QUEDAN CALLADITOS. En algún momento les dije que la indiferencia y el silencio tiene que ver mucho con el miedo y con la corrupción  También les alcance algunos otros  argumentos  de los mismos que no he recibido respuesta, salvo consultas; finalmente no aspiro a  tener como patrimonio, la razón ni la verdad.   

4.- El Dec. Supremo Nro. 246-2012-EF, finalmente establece  procedimientos de implementación progresiva dela estructura de Ingresos aplicables al Personal Militar de las FF.AA. y policial de la PNP.,  y Anexos, que entendida como tal, y por mandato del mismo Dec. Sup. aludido, en su art. 1ro. para el personal de Actividad, comprendido en el Dec. Leg. Nro. 1132.y señala su vigencia a partir  del 10 de Dic. del 2012 y  cumple  con los requisitos de su publicacion. y refrendo ( art. 2, 3 y 4 ).

Los Anexos , son intrascentes e irrelevantes; mientras tanto  todos aquellos  Personal en situación de Actividad para los que no les alcanza  estos dispositivos y están inmersos en  la 19846, 24640 y el DS. 213-90-EF, debemos de esperar el tratamiento que se dá  a partir  de Diciembre del presente en nuestras boletas de pago. Obviamente que nos espera largos  procedimientos judiciales para  que se respete  los derechos adquiridos  hasta la dación de estos Dec. Leg. 1132 ; 1133 y DS. 246-2012-EF.  Por mi parte, lo veo color de hormiga mas aun si todos sabemos que el Poder Judicial  trabaja por consigna y así lo dejo claro el saliente Presidente de ese Poder, Dr. San MaRTIN Y  EL ENTENDIDO QUE NUESTROS DERECHOS SERÁN RESPETADOS MAÑANA , TARDE Y TAL VEZ nunca, por un Poder Judicial insensible.

Falta analizar  lo que diga el Reglamento  que deberá ser refrendado por el Ministro de Defensa; del Interior y de Economia, dentro de treinta dias (30); asi como la incidencia con  otros  dispositivos legales, como la Ley  29420; el DU Nro. 020-2011 y el literal d) del art. 5to. del DS. 213-90-EF.  

Un abrazo para Alipio (piensa antes de escribir);  para Oscar y demás involucrados en, dizque,  defender los derechos de los gremios militar policial. Para Ti Julio, espero tu respuesta y difusión dentro  de nuestro gremio, para  que constaten que hay gente que te quiere silenciar asumiendo argumentos impropios, como una manera de limitar;  discrepen de manera alturada sobre  lo que  se dice, pero alejense de sus complejos, finalmente ser  dirigente de alguno de esos Frentes,  no  significa que lo sepan todo.


        Paulo Mauro Retamozo Giordano
Promocion BGC-EO-71 Bernardo Balaguer Morales.

         

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