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5 abr 2013

LA MILITARIZACION DE LA PNP ES BUENA?


POLÉMICA SI LA POLICIA EN EL PERU ES O DEBE SER MILITAR O CIVIL

OPINION DEL GENERAL ALBERTO JORDAN BRIGÑOLE

Creo yo que la policía no debe ser mezclado con las funciones de las FF.AA, debemos tener nuestro propios tribunales ya que nuestra misión es de carácter humanitario, y cuando estamos ante una intervención tenemos que actuar con mucha cautela, en cambio en miembro de las FF.AA, busca eliminar al enemigo y salir airoso del combate, el policía trata de dialogar, el policía por su razón de ser no tienen enemigo, tiene adversario, el policía para poder usar su arma el delincuente tienen que tener una. También seria de repente fundamental que el Tribunal Militar - Policial debe ser adsorbido por el Poder Judicial en ultima instancia para evitar problemas de abuso y después ir a las Cortes Internacionales para ganarle el juicio a Estado Peruano.


¿Es que para la Justicia Militar Policial, el deber policial es igual al deber militar? Si bien militares y policías pertenecen a institutos cuya existencia son inherentes a la existencia del Estado, su función y deberes se encuadra dentro de parámetros totalmente distintos, - ni mejores ni peores -, sólo distintos. El uno es militar, se le educa para la guerra y en este ámbito de su función se le prioriza la represión o eliminación física del enemigo, cualesquiera sean los métodos empleados: (proyectil, bayoneta o lanzallamas). El otro es civil, no tiene "enemigos" (sólo adversarios), y se le educa para la paz. El uno es puño, el otro, escudo. Un policía debe tener el piadoso sentido de "poner la mejilla", cuando en el cumplimiento de su labor específica recibe la agresión verbal o física de quienes actúan fuera de la ley, ya sean estudiantes, trabajadores, pandilleros o hinchas de fútbol exaltados. Esto, que es muy difícil pero comprensible para el policía, es imposible para el militar frente al enemigo, inclusive podría ser considerado como un cobarde (Art. 110 CJMP).


Enrique Hugo Müller Solón. Coronel PNP ®. Abogado. El policía reprime corrigiendo. El soldado, el militar en general, tiene que matar al enemigo para ganar el combate. Para el policía, aun el peor delincuente es un ciudadano que debe ser preservado, educado y devuelto a la sociedad porque ese delincuente no es un enemigo sino un enfermo que debe ser puesto en manos de un cuerpo especializado (la Justicia civil) para que decida su destino último: Libertad, si no hay pruebas, prisión si hay méritos para ello. La Policía Nacional del Perú no es una organización de naturaleza militar, y la garantía de la estabilidad interna en nuestro país reside en que se siga ahondando la concepción de su naturaleza civil. Por tanto no le deben comprender, ni los fueros, ni las costumbres ni los códigos militares, para evitar que policías como Alberto Jordán, que por preferir el diálogo, para evitar el uso de la fuerza que de haberla ordenado hubiera ocasionado vulneración de derechos fundamentales y costos sociales impredecibles para civiles y policías, que fue traicionado por quienes deseaban la represión para satisfacer intereses personales; sea ahora sindicado por la Justicia Militar Policial, como vulnerador de esos derechos que el trató de defender; si, aunque parezca increíble, la inconstitucional Justicia Militar Policial, ha declarado en esta Confirmación de Sentencia, que el General Alberto Jordán ha vulnerado los derechos fundamentales de los 60 policías que junto con él fueron tomados como rehenes por los pobladores y que también ha vulnerado los derechos fundamentales de las personas que se encontraban en los vehículos que estaban estacionados en la vía por el bloqueo del Puente Montalvo. De ripley.


¿Es que para la Justicia Militar Policial, el deber policial es igual al deber militar? Si bien militares y policías pertenecen a institutos cuya existencia son inherentes a la existencia del Estado, su función y deberes se encuadra dentro de parámetros totalmente distintos, - ni mejores ni peores -, sólo distintos. El uno es militar, se le educa para la guerra y en este ámbito de su función se le prioriza la represión o eliminación física del enemigo, cualesquiera sean los métodos empleados: (proyectil, bayoneta o lanzallamas). El otro es civil, no tiene "enemigos" (sólo adversarios), y se le educa para la paz. El uno es puño, el otro, escudo. Un policía debe tener el piadoso sentido de "poner la mejilla", cuando en el cumplimiento de su labor específica recibe la agresión verbal o física de quienes actúan fuera de la ley, ya sean estudiantes, trabajadores, pandilleros o hinchas de fútbol exaltados. Esto, que es muy difícil pero comprensible para el policía, es imposible para el militar frente al enemigo, inclusive podría ser considerado como un cobarde (Art. 110 CJMP).



RESPUESTA DEL TENIENTE RICARDO FRANCO


Esta equivocado y se esta violando la Constitución del Estado, por desconocimiento mas que todo, por las siguientes razones;

1. La Constitucion no reconoce Codigo de Justicia Militar Policial; sino solo reconoce que en delitos de funcion los miembros de las Ff AA y PNP estan sometidos a un solo Codigo de Justicia Militar, no existe Codigo de Justicia Militar Policial, por consiguiente el Fuero respectivo debe ser unicamente el Militar, el cual incluye a los miembros de la PNP

2 Por otro lado la Constitucion señala que la exclusividad de administrar justicia es del Poder Judicial, a excepcion de la Arbitral y Militar. A parte que vuelve a repetir que para el personal militar y policial, en delitos de funcion solo existe una sola Justicia que es la Militar (no existe policial) y que esta es ademas excepcionalmente independiente all Poder Judicial

Para terminar, la historia policial registra que el Director Gral GC General Pedro Pablo Martinez Ledesma, en 1923 sometio a la Guardia Civil al Fuero Militar y al Codigo de Justicia Militar, para no ser juzgado por los civiles, ni encarcelados en las masmorras junto con los delincuentes que capturo en supuestos delitos que pudiera cometer el personal GC en el ejercicio de sus funciones o estando de servicio por que eso era denigrar a la Guardia Civil

En otras palabras el Fuero Militar y el CJM era para proteger a la GC especialmente en sus intervenciones
Caracter humanitario es la Cruz Roja no la policia que es un ente coactivo que hace uso de la fuerza publica para restablecer el orden publico y hacer cumplir la Ley, ya que el llamado a dialogar es el politico o la autoridad de gobierno o edil o el poder judicial, quien acude a la policia ante la resistencia a que se cumpla sus disposiciones, es mas la policia no dialoga, sino que hace uso de la persuacion y de su fuerza moral que es muy distinto a dialogar, porque el dialogo es el entendimiento entre dos partes para llegar a un acuerdo, mientras que la persuacion, es conminar a que el infractor se desista de su acto criminal y se entregue ante un inminente uso de la fuerza y de las armas

Mas bien el militar en el combate convencional tiene codigo de honor que lo obliga a parlamentar como fue en el Morro de Arica donde el Mayor Salvo del Ejercito Chileno le pide la rendision al Crnl Francisco Bolognesi quien no acepta y se va al descenlace fatal, es mas en el Combate de Iquique el Huascar al mando de Grau iza sus banderas de combate pidiendo la rendision del buque chileno la Esmeralda quien ante su negativa se bate con el Huascar que al vencerlo al Esmeralda no mata al enemigo sino que le respeta la vida, rescatandolo del mar y lo atiende aqui si humanitariamente, porque despues del combate ya no hay enemigos

Ahora mas bien por el contrario el Policia al sorprenderle a un delincuente en flagrante delito como en Trujillo, tiene que eliminarlo o matarlo sino preguntamosle al Crnl GC Elidio Espinoza o al mismo Crnl Hugo Muller que radica y trabaja en Trujillo

Entonces todo es circunstancial, es mas es imposible que el Poder Judicial, administre Justicia Militar, especialmente porque desconocen de los deberes y obligaciones militares

Lo que si debe cambiarse es el termino de Codigo de Jusricia Militar, por un Codigo de Disciplina Militar, por que no hay justicia en el Fuero Privativo Militar, ya que su finalidad y su fin juridico no es la justicia, sino preservar la disciplina


Discúlpenme que no hay terminado el tema, pero me veo en la obligación de hacer de su conocimiento, un tema que ha confundido a muchos de nuestra institución, con respecto a opiniones a que NO SOMOS MILITARES SOMOS POLICIAS, inclusive a Generales, que solo se limitan a ver y opinar de lo que ellos piensan y creen o ven en su entorno, cuando todo lo que hace el Perú, lo hace copiando de otros países, pero SE COPIA MAL

Vamos en forma doctrinaria hacerles conocer lo siguiente, para que no exista jamás confusión, porque es lamentable las opiniones, que están fuera del contexto jurídico general, cuando dicen que NO SOMOS MILITARES SOMOS POLICIAS y es lo siguiente:

QUE ES MILITAR,
Etimológicamente en la antigüedad existían las centurias (LOS CENTURIONES), que se referían a ese cuerpo disciplinado conformado por CIEN PERSONAS, así como también los militarius (los miles) , cuerpo disciplinado conformado por MIL PERSONAS, de allí viene el termino de Militar

Pero vamos a la actualidad de lo que significa en forma doctrinaria QUE ES MILITAR

MILITAR, está referido a un cuerpo o una institución vertical, jerarquerizada, disciplinada, armada y sujeto especialmente a normas internas que le privan de ciertos derechos y mas bien le generan de obligaciones y deberes, y cuyo quebrantamiento constituye un delito interno o privativo contra su organización, que será juzgado en forma interna también, a diferencia de un CIVIL que no esta sujeto A ESAS NORMAS DE VIDA INTERNA Y DE PRIVACIONES DE DERECHOS, conforme es de verse lo militar está en función a diferenciarse de lo que es ser civil y no policía

Por ejemplo un empleado, que no obedece y lo manda a la “M” a su Empleador y no quiere trabajar y se manda mudar a su casa incitando al resto a una huelga, las consecuencias solo será que LO DESPIDAN DEL TRABAJO, pero si esa situación se lo ponemos en la practica a un militar, de seguro que se configuraría delitos internos, como el Insulto al Superior, Desobediencia, Abandono de Destino, Incitar al Motín y demas, en la que sería privado de su libertad y denunciado al Fuero Privativo Militar que lo condenaría a cinco o más años de cárcel

Entonces llegamos a la conclusión que MILITAR, ES UN ESTADO DE COSAS O UNA SITUACION DONDE SE ENCUENTRA EL INDIVIDUO y que lo contrario ES CIVIL y NO POLICIA

Es decir el MILITAR, perteneciente a una institución, sujeto a normas internas y el CIVIL libre de hacer lo que le viene en gana

Entonces en conclusión vuelvo a repetir que lo MILITAR, no es una función, sino que es una SITUACION, donde se pueda hallar el individuo y que LO CONTRARIO ES CIVIL

TERMINO DE POLICIA
El término de Policía, proviene etimológicamente de la palabra griega y latina: POLITEIA, que significa POLI: CIUDAD y TEIA: ORDEN Y LIMPIEZA, es decir orden y limpieza en la Ciudad, NO EN EL CAMPO O NO EN LO RURAL, SINO EN LA CIUDAD, por eso que antiguamente en la Ciudad de Lima, existía la Baja Policía encargada de limpieza y la alta Policía para el orden, en otras palabras una función

TERMINO POLICIA EN LA ACTUALIDAD
Cuerpo encargado de guardar el orden y hacer cumplir la ley

Entonces vemos que POLICIA no es una situación donde se halla el individuo, sino que es una función, un quehacer, una actividad, que lo pueden realizar los civiles o un cuerpo militar

Ejemplo

Civiles a cargo de la función policial, tenemos a la Policía estatal de los EE.UU., que no están sujetos a un Código de Justicia Militar, sus oficiales no se reciben con una espada, no hay plana de Oficiales y Subalternos, todos egresan de una academia por igual y dependen del Gobernador, es decir del Alcalde de un Civil, en la que podemos comparar que es igual en el Perú, al Policía Municipal o Serenazgo, al Agente de Aduanas, al Vigilante Particular (Guachimán), a los Agentes del INPE, que de una y otra manera previenen los delitos y ejercen autoridad y que están bajo el mando de civiles, ni mucho menos al Código de Justicia Militar

Mientras que por el otro lado tenemos Cuerpos Militares a cargo de la función policial, tales como los Carabinieri de Italia, los Gendarmes de Francia, la Guardia Civil Española, la Guardia Nacional de Venezuela, los Carabineros de Chile y muchos mas

Existe personas que ejercen la medicina y el derecho siendo su condición de civiles, como también hay personas que ejercen dicha actividad siendo militares (Los de Sanidad y el Cuerpo Juridico)

Existe Aviación Civil, como también la militar que es la Fuerza Aerea, exista la Marina Mercante (son civiles), donde también existe la Marina de Guerra; existe una Policía de carácter civil como también otra de carácter militar
¿ENTENDIERON ?

Entonces, yo pregunto SOMOS POLICIAS, ES CIERTO SI SOMOS POLICIAS, por que ejercemos la función o el servicio de policía, de guardar el orden y hacer cumplir la ley

¿ENTONCES SOMOS MILITARES?, si somos militares, porque estamos sujetos especialmente al único Código de Justicia Militar,donde NO EXISTE EN EL MUNDO CODIGO DE JUSTICIA POLICIAL, solo el Código Militar donde la PNP está sometido y que si lo quebranta, está sujeto a una condena militar

AHORA PARA TERMINAR CON RELACION AL PERU

YA SABEMOS QUE POLICIA ES UNA FUNCION, donde se desarrolla la expresión de la potestad y la facultad propia del Estado para el ejercicio de la autoridad limitativa a las libertades del ciudadano en pro del bien común, es decir constituye un servicio coactivo empleando la fuerza para el cumplimiento de la Ley que el Estado de derecho realiza en su función jurídica para mantener el orden, la paz, garantizar el acatamiento de los poderes publicos y la seguridad de los ciudadanos,

EL TERMINO DE POLICIA, QUE ES UNA FUNCION, EN EL PERU SE LO HA PUESTO DE NOMBRE A LOS TRES CUERPOS UNIFICADOS GC, PIP Y GRP, y que de acuerdo a la doctrina, solo deben ejercer funciones en la ciudad y no en lo rural, pero también lo hacen en el campo y en lo rural contrario a su denominación de Policia

Sin embargo, el término de "Guardia Civil" es mas amplio y genérico porque involucra su doble aspecto militar y civil, porque proviene del binomio del término GUARDIA que significa; personal militar armado de facción que presta servicio de seguridad permanente y que lo puede prestar para garantizar la seguridad tanto en el campo o en lo rural como en la ciudad: y el termino CIVIL, dirigido a la protección de la ciudadanía o sea relativo al ciudadano y/o "civitas" propio del Estado de Derecho y cuya doctrina constituye el conjunto de conocimientos ordenados sistemática y metodológicamente que recoge la historia y cultura a través del tiempo, integrando principios, valores y normas sobre su rol constitucional e institucional, los fundamentos filosóficos y legales del Derecho vinculado a la defensa de los derechos humanos, la ley, el orden y la seguridad, así como de su mística y vocación de servicio en la que descansa su cultura organizacional y de promoción de la paz social y el amor por la Patria, representados por sus símbolos, distintivos de mando y autoridad, costumbres y tradiciones que impulsan a la acción generadora de héroes y mártires, que amalgamados constituyen una sólida estructura de Integración e Identidad Militar y Policial.

ENTONCES SOMOS POLICIAS, si lo somos como tambien somos militares, de acuerdo a la doctrina y al codigo de justicia militar, que no es aplicabvle a los civiles, conforme indica el artículo 173°. de la Constitución del Estado, en la que señala que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional están sometidos al Código de Justicia Militar. (NO EXISTE CODIGO DE JUSTICIA MILITAR POLICIAL) y estas disposiciones no son aplicables a los civiles, salvo en el caso de los delitos de traición a la patria y de terrorismo que la ley determina. pero los miembros de la PNP quieren ser civiles para empalmar. corromperse, disfrutar de la funcion policial para pone en la practica el soborno, pero quienes quieren que la Policia sea un cuerpo Militar, LA CIUDADANIA QUIERE QUE LA POLICIA EN EL PERU, SEA UN CUERPO MILITAR, PARA QUE SEA DISCIPLINADO Y NO ESTEN PIDIENDO DINERO Y TRABAJEN CON SACRIFICIO AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD O DE LO CONTRARIO QUE SE MANDEN MUDAR O PIDAN SU BAJA, PORQUE EN LA POLICIA SE VIENE A SERVIR Y NO A SERVIRSE Y APROVECHARSE DE ELLA

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