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30 mar 2013

LAS CHIAS DEL GRAL. OCTAVIO SALAZAR


Ustedes mismos saquen sus propias conclusiones:

Antecedentes:

Como todos sabemos, el actual Congrecista Octavio Salazar Miranda, el año 2005 con el grado de General PNP llega a trabajar a la ciudad de Trujillo como Director de la Tercera Dirección Territorial Policial y una de sus primeras acciones es desactivar el Proyecto de Policía Comunitaria que desde el 2003 trabajaba activamente en programas de prevención comunitaria, situacional y social del delito. Al desactivar este importante Proyecto policial y sus programas
afines, el General Salazar capta de inmediato a una de las policías comunitarias mas activas y destacadas de la zona, la SOT2 PNP María Rafael Luján a quien da la idea de tapar el espacio dejado por la Policía Comunitaria, organizando y poniendo en funcionamiento una “Fábrica de Escobas”, la cual debería ser inaugurada en el menor tiempo posible.

Inauguración:

La citada “Fábrica de Escobas” se inaugura el 26 de Agosto 2005 gracias al dinamismo de la SOT2 PNP María Rafael Luján en uno de los ambientes de la Comisaría de Florencia de Mora, con gran difusión de prensa haciendo conocer la gran iniciativa del entonces General Octavio Salazar Miranda a favor de jóvenes en riesgo y peligro moral y material, y a partir de ese momento gracias al apoyo que le brinda la SOT2 PNP María Rafael Luján, sería considerado el abanderado de la prevención social contra el delito, tratando en todo momento de demostrar que gracias a su gestión estaba logrando que los jóvenes sean rehabilitados y apartados del riesgo de convertirse en drogadictos o pandilleros. Esta obra funciona desde su inicio y hasta la fecha sin presupuesto, sin apoyo de la PNP, sin reconocimiento del Ministerio del Interior, sin apoyo de las autoridades locales, solo con el esfuerzo de la SOT2 PNP María Rafael Lujan, quien además es la encargada prioritariamente, de mantener vigente la imagen de “el creador”.

Monitoreo:

A continuación, la cronología de una estafa con la modalidad de la “Fábrica de Escobas” en agravio de la buena fe de todos los peruanos y en particular de la PNP y de los pobladores del Distrito de Florencia de Mora - Trujillo. La estafa se inicia el 26 de Agosto 2005 en el Distrito de Florencia de Mora, Provincia de Trujillo, el autor nada mas ni nada menos que el Señor Teniente General PNP ® Octavio Salazar Miranda, actual Ministro del Interior del Perú, a quien en adelante denominaremos “el creador”. http://peru21.pe/impresa/noticia/obra-regional/2005-08-30/72762,-

En ese entonces, “el creador” fungía como Director de la Tercera Dirección Territorial de la PNP Trujillo y con la finalidad de ganar primeras planas en los medios de comunicación y con el objeto de ganarse la confianza de las poblaciones mas pobres dispone la creación de un taller artesanal supuestamente orientado a brindarle ayuda psicosocial y capacitación ocupacional a los jóvenes en situación de riesgo, alejándolos de las drogas, pandillaje y delincuencia juvenil. A este taller lo denominó “Fábrica de Escobas”. A partir de ese momento, entrevistas, blogs, revistas, spots, propaganda, publicidad y todo lo que sirviera para resaltar la imagen de “el creador” sería válido, inclusive el ingreso y egreso a la Escuela Técnica de la PNP de Trujillo ocupando los primeros puestos, de varios presuntos pandilleros del Distrito de Florencia de Mora, supuestamente reeducados y rehabilitados en la “Fábrica de Escobas”, http://fabricadeescobaspnp.blogspot.com/ . El objetivo de “el creador”, era en ese momento dejar establecido que su idea era grandiosa, magnifica, perfecta, que gran iniciativa, una maravilla, nunca nadie lo hizo, etc., y lo logró.

La denuncia pública:

Cuatro años después (2009), un diario de circulación local en la región Norte, da la noticia de la gran estafa a los mas pobres de Trujillo “Era el amor a los chicharrones”:http://www.correoperu.com.pe/correo/nota.php?txtEdi_id=21&txtSecci_parent=0&txtSecci_id=63&txtNota_id=228125 dice el titular. La noticia da cuenta que la “Fábrica de Escobas” solamente había sido una estrategia del engaño trabajada con el esfuerzo de policías y pobladores de Florencia de Mora con la finalidad de hacerla realidad, en tanto que detrás de ella se encubría la verdadera intención “el creador” cual era la de lucrarse creando una ONG para acceder de la cooperación internacional la suma de $ 136,790.50 (Ciento treinta y seis mil setecientos noventa con 00/100 dólares americanos) supuestamente para iniciar recién su funcionamiento y con financiamiento durante 3 años. Para ello logró que tanto el CONASEC como la PNP y finalmente el MININTER, le otorgaran visto bueno a su Proyecto, aprovechando que estaba en el cargo de Director General de la PNP, requisito indispensable para obtener el dinero de la cooperación internacional.

Miente y dice ha sido un error:

Al día siguiente de la publicación en este diario, “el creador” emite un descargo, diciendo que “todo se trataba de un error y que efectivamente por error es que su nombre aparece en esa ONG”. Semejante mentira no podía ser peor de cínica ni mas falsa, porque no existe ningún error en la denuncia, el gran estafador del pueblo trujillano, no solamente es el Presidente de la ONG que supuestamente ayudaría económicamente a la “Fábrica de Escobas” de Florencia de Mora, sino que además es el Presidente Vitalicio de dicho organismo generador de recursos económicos de la cooperación, así lo informan los documentos los cuales obran de manera pública en los Registros Públicos correspondientes. Ver texto de la publicación periodística donde niega ser integrante de la citada ONG y afirma que su nombre a parece por error. http://www.correoperu.com.pe/correo/nota.php?txtEdi_id=21&txtSecci_parent=0&txtSecci_id=63&txtNota_id=228703

La prueba de la mentira y de la “gran estafa”:

1. El 08NOV2007, a las 14.00 hrs. se reunieron en el local de la Sétima Región de la Policía Nacional del Perú Lima, el Señor Octavio Salazar Miranda, de profesión oficial de la Policía Nacional, el Coronel PNP Santiago Juan Vizcarra Valencia y otros con la finalidad de fundar la ONG Asociación Civil “Progreso del Niño y el Adolescente”. Ver Testimonio de la Minuta Anexo Nro. 01

2. El 20DIC2007, la referida ONG es inscrita en los Registro Público de Lima, quedando asentado con el Nº 2007-00708282 del tomo diario 0492 Partida Nº 12100484 y en donde aparece que el es el Presidente de la citada ONG, la cual pretende negar de manera desvergonzada. Ver Partida asiento Anexo Nro. 02, y La Minuta Nro. 15593 del Testimonio de la “CONSTITUCION DE CIVIL DEL NIÑO Y ADOLESCENTE” donde el General de Policía Director General de la PNP Octavio Salazar Miranda, figura como Presidente de la ONG. Ver Testimonio donde figura como Presidente Anexo Nro. 03

3. El 02JUL2008, aprovechándose del cargo que ostentaba en ese momento como Director General de la PNP, presenta ante el Ministro del Interior Luis Alva Castro y por intermedio de un representante de su ONG (el Vice – Presidente) un pedido de evaluación del Proyecto para la constitución de una “Fábrica de Escobas” en el Distrito de Florencia de Mora – Trujillo bajo supervisión de la Comisaría PNP del citado Distrito, como si dicho proyecto no existiera y solicitando opinión favorable como requisito para tener acceso a su financiamiento a través de la cooperación internacional japonesa. Ver solicitud Anexo 04.

4. En el Proyecto se detalla que el costo de financiamiento para la creación de la Fábrica de Escobas de Florencia de Mora – Trujillo, asciende a un monto total de $US 136,790.00 (Ciento treinta y seis mil setecientos noventa con 00/100 dólares americanos), dinero proveniente de la fuente cooperante TSUBAKI Interworks Cooperative. Direcciòn: Nagoya Officr 1-610 kamiyashiro, Meito-Ku. NaGoya – Shi, Aichi 465-0025. Telf. 81-052-760-3787. E-mail: hisanori@interwoker.jp. Ver Proyecto Anexo 05 y 06.

5. El 24JUL2008, la Dra. Ana María VILLACAMPA FLORES Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, mediante Oficio Nº 1171-2008-IN/010101, hace conocer al Secretario General del MININTER, que con respecto al Proyecto la opinión de su Despacho es FAVORABLE. Ver documento Anexo 07.

6. El 12AGO2008, el Coronel PNP Mario GRADOS LAU, Jefe de la División de Programas Especiales de la Dirección de Participación y Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú, mediante Oficio Nº 171-2008-DIRPASEC-PNP/DPE.SEC hace conocer que la opinión de su Despacho al respecto también es FAVORABLE. Ver documento Anexo 08.

7. En 18AGO2008, el Coronel CJ- PNP Félix MOGROVEJO MEDRANO, Jefe de la Oficina de Asesoria Jurídica del EMG, emite dictamen DESFAVORABLE, haciendo conocer que el citado proyecto no es viable por cuanto en la ONG solicitante, figura el propio Director General de la PNP Octavio Salazar Miranda como Presidente de la misma, lo cual resulta incompatible y falto de ética con su condición de funcionario público conforme lo establecen las Leyes Nº 27815 y 27588. Ver dictamen Anexo 09.

8. El 26NOV2008 y ante la valentía de este Señor Coronel Abogado, al ambicioso de Salazar Miranda no le quedo otra cosa que recurrir a la artimaña de “hecha la ley hecha la trampa” y si la observación se sustentaba en que era Presidente de la ONG incompatible con su condición de Director General de la PNP, una modificación en el Registro Público solucionaría ese inconveniente, es así que el 26NOV2008 ejecuta una modificatoria en la inscripción registral para nombrar como Presidente del Consejo Directivo de la ONG al Vicepresidente en tanto que el se otorga Licencia Temporal por el tiempo que dure su desempeño en el cargo de Director General de la PNP. Dicha inscripción quedó registrada bajo el Nº 2008-00789246 del Tomo Diario Nº 0492. De manera fraudulenta, hace ver en su solicitud presentada ante Registros Públicos que la decisión de vacancia se hizo con fecha 02ENE2008 para aparentar que dicha decisión la había adoptado seis meses antes que su ONG tramitara el expediente correspondiente ante el Despacho Ministerial. Ver copia literal de la Partida de modificación Anexo 10.

9. Sin embargo, el 09JUL2008, ante notario publico Alfredo Paino Scarpati, se redacta el Testimonio de Minuta Nº 4820, mediante el cual se modifican los estatutos de la ONG creada por el General PNP Octavio SALAZAR MIRANDA la cual presentara un proyecto simulado sobre creación de un “Fabrica de Escobas” en el Distrito de Florencia de Mora de Trujillo, para obtener financiamiento de la cooperación internacional. Entre otras modificaciones se procede a la remoción del Consejo Directivo de la ONG y al nombramiento del Nuevo Consejo Directivo para el periodo comprendido entre el año 2008 y 2013, acordándose nombrar a Octavio Edilberto SALAZAR MIRANDA, como Presidente Fundador Vitalicio de la ONG “Asociación Civil Progreso del Niño y el Adolescente. Ver copia literal de la hoja correspondiente del Testimonio de Minuta correspondiente. Anexo 11.

10. El 28FEB2009, finalmente y con dichas artimañas, logra que mediante Resolución Ministerial Nº 140-2008, el Ministerio del Interior y las instituciones correspondientes, calificaron a su Asociación identificada con RUC Nº 20518050380 como entidad perceptora de donaciones, por un periodo de 3 años para crear la “FABRICA DE ESCOBAS” de FLORENCIA DE MORA en la ciudad de TRUJILLO.

11. El 27NOV2009 el Diario Correo hace la denuncia. Ministro del Interior Octavio Salazar Miranda, tiene la obligación de decir como funcionario publico, porque se valió de su cargo para influenciar tanto en el Ministerio del Interior como en la PNP para que le dieran opinión FAVORABLE, en un Proyecto económico fraudulento presentado por una ONG de la cual es Presidente Fundador y Vitalicio y Presidente del Consejo Directivo al tramitarse la aprobación del Proyecto “Fabrica de Escobas” ante el Despacho Ministerial a sabiendas que dicho Proyecto estaba orientado a obtener beneficios económicos y lucro frente a una iniciativa suya que ya estaba funcionando con apoyo del sector privado, con recursos del Estado y con el esfuerzo gratuito y desinteresado de policías y pobladores del sufrido y populoso distrito de Florencia de Mora de Trujillo. Debe decir porque creo esa ONG en las oficinas de la VII DIRTEPOL LIMA para solicitar dinero proveniente de la cooperación internacional siendo funcionario público en ejercicio. Debe decir cuanto dinero ha recibido del cooperante internacional TSUBAKI Interworks Cooperative de Nagoya – JAPON, en que ha invertido ese dinero y porque no ha sido utilizado en la Fabrica de Escobas de Florencia de Mora. Debe decir porque no ha invertido el dinero recibido en la “FABRICA DE ESCOBAS” de FLORENCIA DE MORA de TRUJILLO. Debe decir porque ha mentido a la prensa diciendo que su nombre aparece en la ONG como un error. Anexo 12.

INFRACCIONES EN LAS QUE HA INCURRIDO EL CONGRECISTA TENIENTE GENERAL PNP ® OCTAVIO SALAZAR MIRANDA

Octavio Salazar Miranda en los cargos de Director General de la PNP y como Ministro del Interior, es un funcionario o servidor público. El servidor público es un ciudadano que ha elegido libremente contribuir con su trabajo al bien común, ya sea garantizando justicia, educación, salud, seguridad ciudadana y la recaudación de tributos, entre otros aspectos. El Art. 425 del Código penal, considera funcionarios o servidores públicos, entre otros 1) Los que desempeñan cargos públicos (Ministro del Interior) y 5) Los miembros de las FFAA y PNP. Si analizamos la conducta del Señor SALAZAR MIRANDA con respecto a su intención de captar recursos económicos de cooperantes internacionales, en el más absoluto anonimato y con fines desconocidos, cualquier Procurador del Estado o Abogado, podría decir que ha incurrido en las siguientes infracciones:

CODIGO PENAL. El Señor Salazar Miranda en el cargo de Director General de la PNP realiza ante el Ministro del Interior (Luis Alva Castro) una gestión para sí, con la finalidad que el Sector Interior diera luz verde al Proyecto Fabrica de Escobas que debería realizarse en coordinación con la PNP y poder recabar de la cooperación internacional US$136, 790.50, lo cual le significaría un provecho personal ECONÒMICO como responsable del proyecto, conforme se detalla en el documento correspondiente. Esta acción configura delito de APROVECHAMIENTO INDEBIDO DEL CARGO, contemplado en el Art. 399º del Código Penal y que se consuma con el solo interés en el asunto de manera directa o indirecta.

LEY 2804 – LEY QUE REGULA LA GESTION DE INTERESES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA. El Señor SALAZAR MIRANDA no podía en el cargo de Director General de la PNP crear una ONG para gestionar financiamiento internacional en función al segundo párrafo del Art. 3º: “Los funcionarios públicos se encuentran prohibidos de realizar actos de gestión por intereses distintos a los institucionales o estatales”. El Art. 5º considera como funcionarios con capacidad de decisión pública en su inciso d) Ministros….directores generales (Salazar Miranda era Director General de la PNP)… Ampliando el artículo 7º dice: “Se define como gestor de intereses a la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, debidamente inscrita en el registro correspondiente, que desarrolla actos de gestión de sus propios intereses o de terceros, en relación con las decisiones públicas adoptadas por los funcionarios públicos comprendidos en el artículo 5º de la presente ley”. Finalmente el artículo 9º “: De las incompatibilidades y conflicto de intereses”, dice: No podrán ejercer la actividad de gestores de interés: b) Los funcionarios de la administración pública, durante el ejercicio de sus funciones y hasta 12 (doce) meses después de haberlas concluido…”

LEY 27806 - LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA. El Señor Salazar Miranda, sabe perfectamente que la “Fabrica de Escobas” existe desde el año 2005 en el Distrito de Florencia de Mora, gracias a su idea, pero no a su esfuerzo ni a su trabajo, el solamente tenía la idea y busco a un grupo de policías proactivos que lo hicieron realidad, la misma que funciona y se sostiene hasta la fecha por el esfuerzo de la SOT2 PNP María Rafael Lujan, personaje incondicional y totalmente leal al Señor Salazar Miranda. Este personaje policial femenino se encarga actualmente de tratar de mantener una elevada imagen del Señor Salazar Miranda a nivel nacional viajando continuamente a diferentes lugares del país con un grupo de pobladores, con la finalidad de hacer campaña proselitista a su favor, sobre todo destacando supuestos éxitos logrados mediante la “Fabrica de Escobas”, éxitos que no existen, la fábrica de escobas es un fraude, es una tienda y en ningún momento se constituyo en un proyecto de prevención social del delito.

Frente a esto Salazar Miranda, en el cargo de Director General de la PNP realiza una gestión para obtener fondos económicos provenientes de la cooperación internacional, en el mas absoluto anonimato, el nunca ha informado a los trujillanos ni a la propia Policía Nacional que estuviera haciendo esa gestión para repotenciar la fábrica de escobas de Florencia de Mora o para crear otra si ese fuera el caso. La transparencia en la administración pública es un eje importante en la lucha por un fortalecimiento de la democracia y contra la corrupción. La citada ley exige a los funcionarios públicos una conducta firme, decidida, oportuna y transparente en el ejercicio de sus funciones.

LEY Nº 27815 – LEY DEL CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA. El Señor Salazar Miranda ha infringido el artículo 6º de la Ley referido a los principios de la función pública que le exige actuar con PROBIDAD, es decir con honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal. En su caso la ONG que presidía buscaba precisamente un provecho personal. Igualmente ha infringido el articulo 7º sobre deberes de la función pública, que exigen que su función como Director de PNP ha debido ser neutral, transparente, y sobre todo el uso adecuado de los bienes del Estado, en el presente caso, Salazar Miranda estaba procurando obtener dinero de la cooperación internacional mediante un fraude, una simulación, puesto que estaba aprovechando una Fabrica de Escobas organizada por policías, con recursos de la PNP, incluso el local donde funciona es de la PNP, para simular un Proyecto civil con similares características y que funcionaria en el mismo lugar, únicamente para lucrarse, pues la fábrica de escobas ya existía y nunca ha sido dotada de recursos provenientes de la cooperación internacional.

Por otro lado de acuerdo a esta Ley el servidor público está prohibido de mantener intereses de conflicto (Art. 8º) porque planteaba la creación de una fábrica de escobas con apoyo de la cooperación internacional, en algo que el tenia interés personal, pues de acuerdo al proyecto la fábrica de escobas debería funcionar en alianza con la PNP y los recursos obtenidos para su financiamiento estarían administrados por su persona como Presidente de la ONG y a la vez Director General de la PNP. De la misma forma estaba obteniendo ventajas indebidas igualmente reñidas por la ética del funcionario público.

LEY Nº 27588. LEY QUE ESTABLECE PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PUBLICOS, ASI COMO DE LAS PERSONAS QUE PRESTEN SERVICIO AL ESTADO BAJO CUALQUIER MODALIDAD CONTRACTUAL. Art. 2º Impedimentos. El Señor Octavio Salazar como Presidente de una institución privada, en este caso una ONG destinada a realizar trabajos dentro del ámbito directo de la función pública que el mismo realizaba como Director General de la PNP, estaba impedido en los cinco de los impedimentos que contempla este articulo, es decir prestar servicios en ella como Presidente, aceptar representaciones remuneradas que era el fin inmediato luego de recibir el apoyo financiero internacional, formar parte del directorio como era su caso y tener vinculaciones económicas. Las mismas incompatibilidades se mencionan en el Reglamento de la Ley. DECRETO SUPREMO Nº 019-2002-PCM.

SIMULACION DEL ACTO JURIDICO. El Señor Salazar Miranda, notificado por el Asesor Jurídico del Estado Mayor de la PNP sobre las incompatibilidades existentes, optó por realizar un ACTO JURIDICO SIMULADO (Art. 190º del Código Civil), constituyéndose al Registro Público con la finalidad de ceder la Presidencia de la ONG al Vicepresidente, en tanto que él se registra como en uso de Licencia; sin embargo existe una Minuta en donde queda reconocido como Presidente Vitalicio de la citada ONG.

¿TODO ESTO ES LEGAL, UN FUNCIONARIO PÚBLICO PUEDE SER PRESIDENTE DE UNA ONG QUE ELABORA UN PROYECTO QUE IMPLICA RECIBIR DINERO DEL EXTERIOR SUPUESTAMENTE PARA SER INVERTIDO EN LA CREACIÓN DE UN PROYECTO QUE YA EXISTE Y QUE EL MISMO LO HA CREADO EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, CON RECURSOS DEL ESTADO, CON PARTICIPACION DE POLICIAS EN ACTIVIDAD Y NO A TITULO DE LA CITADA ONG, PORQUE NO HA DECLARADO PÚBLICAMENTE SOBRE LA EXISTENCIA DE ESA ONG, EN QUE SE INVIRTIO EL DINERO, PORQUE SE ENGAÑA AL PUEBLO PERUANO DE ESTA MANERA Y PORQUE DICE QUE ES MENTIRA QUE SEA PRESIDENTE DE LA CITADA ONG CUANDO EN EL REGISTRO PUBLICO SE ENCUENTRAN DOCUMENTOS QUE DICEN LO CONTRARIO?
HOY EXISTEN POLICIAS EGRESEDOS DE LA ETPNP- TRUJILLO EX-PANDILLEROS, USTED CREE QUE ESTOS ELEMENTOS HAN SIDO READAPTADOS Y HOY PUEDEN IMPONER LAS LEYES?
PORQUE NO SE INVESTIGA ESTO

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